¿Qué es SIROC?

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Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción

El SIROC denominado como Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción, es un aplicativo establecido por el IMSS, usado para que el patrón o la persona a cargo de la construcción, cumpla con lo establecido en el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o por Tiempo determinado (RSSOTCOTD).

¿Cuándo entra en operaciones el SIROC?

Los patrones o personas encargadas de las obras podrán utilizar el SIROC para el registro de las obras de construcción, al día siguiente en la publicación del diario oficial de la Federación a partir del 1 de septiembre del 2017, es de carácter obligatorio.

¿Qué pasa si no se cumple con el SIROC?

El incumplimiento o la omisión de este aplicativo, se verá imposibilitado en reportar sus informes de carácter bimestral, trayendo como consecuencia sanciones económicas (multas) por incumplimiento, en el peor de los casos la consecuencia seria cierre total de obras.

¿Quiénes deben registrar una obra de construcción ante el IMSS y por qué?

Con base en el articulo 5° del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o por Tiempo Determinado, se encuentran obligados en registrar una obra de construcción, todo propietario de las obras de construcción, que de manera directa o a través de intermediarios contraten a los trabajadores que intervengan en las ya mencionadas obras, así como a las personas contratadas por los propietarios, para llevar a cabo las obras de construcción a precio alzado o a la baja dentro del sistema de precios unitarios, contemplando a los trabajadores a su servicio, así como a las personas físicas o morales subcontratadas para la ejecución de parte o partes de las obras.

¿Qué requisitos necesito para registrar una obra en el SIROC?

  • Registrarse previamente en el escritorio virtual del portal de IMSS digital.
  • Tener vigente la firma electrónica (FIEL o e.firma) emitida por el SAT.
  • El usuario que firme en el sistema deberá contar con un Registro Patronal vigente ante el instituto y que corresponda a la circunscripción subdelegacional de la ubicación de la obra.

¿Qué debe hacer una persona que no cuenta con FIEL (Firma Electrónica)?

Es indispensable que la persona que desee usar el aplicativo cuente con su firma electrónica, la cual puedes tramitar en el Servicio de Administración Tributaria.

¿Qué validez tienen los registros de SIROC?

Los aplicativos que maneja SIROC, contienen un sello digital y cadena original de autenticidad y se remiten al patrón o la persona encargada de la obra vía correo electrónico, así mismo él puede consultarlos en cualquier momento.

Beneficios por contar con SIROC

El sistema manifiesta una serie de beneficios de carácter digital como:

  • Reducir de seis avisos a solo dos principales de acción, Registro de Obras e Incidencias
  • El sistema solo necesita la información más relevante de su obra de construcción
  • El usuario podrá disponer de la información general de su obra de construcción a través de un reporte general o poder consultar las obras de manera general
  • El sistema exhibe al usuario indicadores visuales (semáforos) para conocer el estatus que guarda sus obras registradas
  • El patrón o la persona encargada de la obra de construcción, sí registra su obra a SIROC ya no será necesario presentar la relación mensual de trabajadores
  • Reduce el tiempo de registro al trámite de Obras e Incidencias
  • La interfaz rápida permite que el usuario obtenga una comprensión rápida para el uso de las herramientas
  • El registro de Obras e Incidencias al ser un tramité 100% digital, no contempla un tramité presencial
  • Proporciona a los patrones o encargados de obras de construcción una opinión de información de cumplimiento de obligaciones fiscales (32-D)

¿Qué son los semáforos que aparecen en el SIROC?

Los semáforos son herramientas que permiten alertar sobre el cumplimiento de obligaciones del patrón o de la persona encargada de la obra de construcción, tales como:

  • Tiempo transcurrido sin informar sobre actividades de la obra
  • Opinión de cumplimiento en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación

¿Qué información puede registrar los intermediarios de SIROC?

Son los que intervienen en el proceso de contratación de personal, participando en el ejercicio de reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otros, conforme el artículo 12, segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo.

El patrón deberá registrar ante el IMSS en la Subdelegación correspondiente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos, el tipo de obra, su ubicación, trabajos a realizar y/o fase de la construcción (…) así mismo el patrón deberá informar al Instituto las incidencias de obra de construcción correspondientes, la suspensión, reanudación y cancelación”


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