¿Qué es un AFORE? Conoce todo sobre las AFORES

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Las Administradoras de Fondos para el Retiro, por sus siglas AFORE. Es una institución financiera privada que se encarga de administrar los fondos para el retiro de los trabajadores que se encuentren afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

            En México existen 10 empresas administradoras encargadas de los fondos para el retiro y tú puedes elegirlas con libertad. El objetivo de estos AFORES es hacer crecer los ahorros que depositas mediante inversiones, para que en el momento de pensionarte puedas recibir una pensión que se adapte a tus necesidades. Esto lo hace mediante cuentas personales que se le asignan a cada uno de los trabajadores afiliados, en estas cuentas se irán depositando todas las aportaciones que hagas durante tu vida laboral.

¿Quién se encarga de supervisar las AFORES?

            La encargada de supervisar, coordinar y establecer reglas de los distintos AFORES que existen es la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) y su labor fundamental es la regularización del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) que se encuentra formado por las Cuentas Individuales de los trabajadores afiliados al IMSS y al ISSSTE.

            Encontramos el fundamento legal que le otorga a los AFORES la facultad de administrar los ahorros de los recursos en el artículo 175 de la Ley del Seguro Social, de igual forma, en el mismo artículo encontramos la facultad de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro  para supervisar, dirigir e incluso imponer multas a las instituciones que se encarguen de administrar los ahorros. A la letra el artículo 175 de la ley mencionada dice:
            “Artículo 175. La individualización y administración de los recursos de las cuentas individuales para el retiro estará a cargo de las Administradoras de Fondos para el Retiro.

Las Administradoras de Fondos para el Retiro deberán contar, para su constitución y funcionamiento, con autorización de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, sujetándose en cuanto a su contabilidad, información, sistemas de comercialización y publicidad a los términos de la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.    

En todo caso, dicha Ley dispondrá los requisitos de constitución, entre los que se incluirán las disposiciones relativas a impedir el conflicto de intereses sobre el manejo de los fondos respecto de la participación de las asociaciones gremiales del sector productivo y de las entidades financieras”. (Unión, 2021)

Al ingresar a trabajar a un trabajo formal y se te afilia ya sea al IMSS o al ISSSTE, en automático ya se te ha asignado un AFORE.

¿Cuáles son las aportaciones por las que están conformadas tu ahorro?

            El ahorro en tu cuenta personal se forma con tres aportaciones la cual equivale al 6.5% de tu salario base, la primera es la aportación que hace tu patrón, la cual corresponde al 5.5%, la segunda es la que realizas tú de forma voluntaria y es de 1.25% y la tercera es la que realiza el gobierno con un .25%. Estas aportaciones buscan cubrir y asegurar que en futuro puedas cubrir todas tus necesidades.

            Tu cuenta individual donde se mantienen tus ahorros a su vez se divide en tres:

  • Sub cuenta de cesantía, retiro y vejez.
  • Sub cuenta ahorro voluntario.
  • Sub cuenta vivienda.

            Las aportaciones que se realizan en tu cuenta individual son usadas por los AFORES para invertir, de esta forma el dinero que se aporta a tu cuenta genera rendimiento y de esta forma pueda valer más en el futuro.

            Las inversiones que realizan se invierten en fondos seguros llamados SIEFORES, para invertir en las SIEFORES se toma en cuenta tu edad.

            Existen 4 SIEFORES y como ya se mencionó la inversión de tu dinero dependerá de tu edad; si tienes menos de 36 años, tu dinero se invertirá en la SIEFORE básica 4 (SB4). Si cuentas entre 37 y 45 años la inversión se hará en el SIEFORE básica 3 (SB3). Si tienes entre 46 y 59 años tus ahorros pertenecerán a la SIEFORE básica 2 (SB2). Por último si tienes 60 años o más, tu dinero se encontrará en el SIEFORE básica 1 (SB1)

            El ahorro que generes se estima que te lo den al cumplir 1250 semanas de cotización (24 años) y ya tengas 60 años cumplidos. Si no cumples estos requisitos no se te puede otorgar tu ahorro, excepto bajo las siguientes condiciones:

            1.-Por desempleo: Si llevas por lo menos 46 días desde que te dieron de baja, sin embargo, solo se te dará en 30 a 90 días de tu salario base. Solo puedes acceder a este beneficio cada 5 años.

            2.-Por matrimonio: Se puede solicitar un adelanto de tu AFORE si planeas casarte, sin embargo, solo se te puede otorgar 30 días de salario mínimo y debes de tener por lo menos 150 semanas de cotización, además de que debe ser tu primera vez casándote.

Recuerda que al iniciar a laborar formalmente se te asigna un AFORE, es importante saber en cuál AFORE nos encontramos y elegir la opción que mejor se adecue a nuestras necesidades.

Como se mencionó, las AFORES son constantemente supervisadas por la CONSAR, entonces si el AFORE el cual elegiste o te asignaron llegará a desaparecer, tus ahorros en automático se pasan a otro AFORE.

El AFORE es una excelente manera de poder asegurar un ingreso en un futuro y poder disfrutar de un retiro sin presiones ni preocupaciones, además de ser una excelente  forma de hacer crecer nuestros ahorros. Recuerda consultar el AFORE que mejor se adapte a tus necesidades.


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